A- de 2021
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos en sistema de seguridad social integral
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Competencia de la jurisdicción ordinaria laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Séptimo Administrativo de Pereira y el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La presente controversia se funda en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso una ciudadana en contra del Mintic, el Patrimonio Autónomo de Remanentes Telecom y Colpensiones, a través de la cual se busca la nulidad de las resoluciones que concedieron parcialmente la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos objetivo, subjetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte declaró que el conocimiento del referido proceso le corresponde al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Pereira, a donde se ordena remitir el expediente para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
La anterior decisión se adoptó con base en la regla que establece que la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral y de la seguridad social es competente para conocer de las controversias relacionadas con la seguridad social de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado, independientemente de si la entidad administradora es de derecho público o privado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Séptimo. Administrativo de Pereira y el Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Pereira y DECLARAR que el Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Pereira es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por la señora Melva Valencia Arias contra el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Par Telecom y Colpensiones.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-685 al Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Pereira para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Séptimo. Administrativo de Pereira.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.